Los síndicos del golpe del 1-O alegan ante el Tribunal que no llegaron a dictar resoluciones

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Lasvocesdelpueblo y Agencias – Los cinco síndicos electorales del golpe separatista del 1 de octubre de 2017 (1-O), juzgados por desoír al Tribunal Constitucional, han alegado este jueves que solo se reunieron en una ocasión para adoptar acuerdos sobre el referéndum, horas antes de que este se suspendiera, pero nunca llegaron a publicar resoluciones ni a supervisar la votación. Barcelona (España), viernes 5 de marzo de 2021.

En el juzgado de lo penal número 11 de Barcelona ha quedado visto para sentencia este jueves el juicio contra los cinco miembros de la efímera Sindicatura Electoral del 1-O, Jordi Matas, Marta Alsina, Marc Marsal, Tània Verge y Josep Pagès, para quienes la Fiscalía pide dos años y nueve meses de cárcel por los delitos de desobediencia y usurpación de funciones.

Los cinco acusados, catedráticos y letrados vinculados al mundo universitario, fueron nombrados el 7 de septiembre de 2017 por el Parlament como miembros de la Sindicatura del 1-O, que debía operar como una suerte de Junta Electoral del referéndum, aunque cesaron de sus cargos a los 19 días, después que el Tribunal Constitucional (TC) les impusiera una multa coercitiva de 12.000 euros diarios a cada uno.

El ministerio público acusa a los cinco procesados de haber celebrado una reunión constitutiva de la Sindicatura y dictar resoluciones en relación con la consulta -como el nombramiento de los síndicos de demarcación-, una vez el Constitucional había suspendido la votación.

Sin embargo, los síndicos -que con la excepción de Marc Marsal se han acogido a su derecho a responder solo a las preguntas de su defensa- han sostenido que únicamente estuvieron reunidos en el Parlament para ejercer sus funciones la jornada del 7 de septiembre de 2017 y, por lo tanto, antes de que se suspendiera la votación, lo que el Constitucional hizo hacia las 23,00 horas de ese día.

Así lo ha recalcado el que fuera presidente de la Sindicatura, Jordi Matas, que ha precisado que el órgano ni siquiera llegó a reunirse al día siguiente, porque era un viernes víspera de un puente festivo y todos ellos tenían «compromisos».

Después de que el TC suspendiera el referéndum -la noche del día 7 de septiembre-, los síndicos no volvieron a encontrarse. «Y no podíamos adoptar acuerdos sin reunirnos», ha precisado.

También lo ha corroborado Marta Alsina, vicepresidenta del órgano, quien ha explicado que a lo largo de la maratoniana jornada del 7 de septiembre los síndicos fueron adoptando acuerdos -entre ellos repartirse los cargos- y los cargaron en un lápiz de memoria, pero ni siquiera podían acceder a las páginas web donde estos debían publicarse.

«Ni publicamos nada ni hicimos ninguna resolución de nada», ha insistido Alsina, que ha recalcado que tampoco recibieron ninguna advertencia o requerimiento del Constitucional para que se abstuvieran de participar en los preparativos del 1-O.

Los síndicos, que han dedicado parte de su intervención a subrayar los apoyos que han recibido de universidades de todo el mundo y a denunciar que el juicio supone una vulneración de su libertad académica, han recalcado además que no iban a ser remunerados por su trabajo: «ni sueldo, dietas, ni siquiera aperitivo», ha abundado Tània Vergés.

El vocal de la Sindicatura Josep Pagès ha admitido también el «desconcierto» que sintieron los acusados cuando el TC les obligó a a cesar de sus cargos, fijándoles unas multas coercitivas que, en su opinión, no buscaban más que «arruinarles».

Antes del turno de los acusados, han declarado como testigos el letrado mayor del Parlament, Antoni Bayona, y el exsecretario general de la cámara Xavier Muro, quienes han sostenido que los síndicos nunca se reunieron oficialmente en la cámara catalana ni accedieron a la misma acreditados en calidad de tales.

Tal como ha explicado Muro, él mismo dio instrucciones verbales a los servicios jurídicos del Parlament el 8 de septiembre de 2017 para que no se acreditara a ninguna persona «en su calidad de miembro de la Sindicatura Electoral», tras recibir la notificación del TC que ordenaba paralizar o impedir cualquier actuación que supusiera seguir adelante con el referéndum.

La Fiscalía ha mantenido su petición de dos años y nueve meses de cárcel para los síndicos, al considerar «acreditado y probado» que cometieron un delito de desobediencia, porque desoyeron las órdenes del Tribunal Constitucional, y usurparon las funciones propias de una junta electoral, asumiendo y persistiendo en un cargo para el que no estaban «legitimados».

También ha puesto en duda la versión de los acusados de que únicamente se reunieron el 7 de septiembre -antes de que el TC suspendiera su nombramiento- porque no es «explicable» que en una sola jornada hicieran varias resoluciones que fueron publicadas días después en la web del referéndum y de las que ahora no se responsabilizan.

Por su parte, el abogado de los síndicos, Ramon Setó, que pide la absolución, ha opinado que la querella que la Fiscalía presentó contra sus clientes tenía carácter «instrumental», con la «única finalidad de impedir el 1-O, porque se presumía que sin la sindicatura el referéndum no se podía celebrar, aunque al final se demostró que sí».