Segunda condena en firme contra el líder de SALF por vulnerar el honor de Ábalos en redes

La Sala de lo Civil de la alta magistratura inadmite el recurso de casación del eurodiputado y le obliga a abonar 10 000 euros tras vincular falsamente al exsecretario de organización del PSOE con el narcotráfico.

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FOTOGRAFÍA. MADRID (REINO DE ESPAÑA), 11 DE JULIO DE 2025. eurodiputado de la satírica formación política sin ideología política y valores concretos que defiende aunque en su mayoría WOKE y gente de Ciudadanos (Cs), "Se Acabó La Fiesta (SALF), Luís Pérez Fernández (Alvise Pérez) (i), tras comparecer ante el juez en el Tribunal  Supremo este viernes. Ha confirmado que recibió dinero en negro, en un maletín, para financiar la satírica Se Acabó La Fiesta (SALF). Efe
FOTOGRAFÍA. MADRID (REINO DE ESPAÑA), 11 DE JULIO DE 2025. eurodiputado de la satírica formación política sin ideología política y valores concretos que defiende aunque en su mayoría WOKE y gente de Ciudadanos (Cs), "Se Acabó La Fiesta (SALF), Luís Pérez Fernández (Alvise Pérez) (i), tras comparecer ante el juez en el Tribunal  Supremo este viernes. Ha confirmado que recibió dinero en negro, en un maletín, para financiar la satírica Se Acabó La Fiesta (SALF). Efe

Madrid, viernes 9 de octubre de 2026 (Lasvocesdelpueblo).– Los reveses judiciales en el ámbito civil continúan acorralando al líder de la formación. El Tribunal Supremo ha confirmado de manera definitiva la condena impuesta al eurodiputado y líder de la agrupación electoral Se Acabó La Fiesta (SALF), Luis Pérez Fernández, conocido popularmente en las redes sociales como «Alvise Pérez». El fallo de la alta magistratura le obliga a pagar una indemnización de 10 000 euros al exministro de Transportes del Gobierno y exsecretario de Organización del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), José Luis Ábalos Meco, tras ratificarse una intromisión ilegítima en sus derechos constitucionales al honor y a la propia imagen por llamarlo abiertamente «mafioso» y vincularlo infundadamente con tramas criminales.

Según ha expuesto el propio exdirigente socialista en su cuenta oficial de la red social X (antiguo Twitter), el origen del litigio civil se remonta al 2 de agosto de 2020. En aquella fecha, el exministro interpuso una demanda civil después de que Alvise Pérez capturara y difundiera de manera clandestina imágenes suyas en el interior de una cafetería, acompañadas de una proclama que rezaba «se acabó el miedo a la mafia» y sugiriendo nexos con el narcotráfico internacional. «La realidad era radicalmente distinta: se trataba de un encuentro totalmente privado, informal y legítimo con un viejo amigo de Valencia en un establecimiento público; la libertad de expresión no ampara inventar mentiras mezquinas para provocar el descrédito de nadie», ha defendido Ábalos en las plataformas digitales.

El recorrido judicial del caso comenzó en el Juzgado de Primera Instancia número 84 de Madrid, que dictó una resolución inicial imponiendo a Alvise Pérez una severa indemnización de 20 000 euros, junto a la orden ejecutiva de «suprimir de su cuenta de Twitter y de los buscadores de internet las fotografías y el texto objeto del procedimiento». Posteriormente, la Audiencia Provincial de Madrid optó por rebajar a la mitad dicha cuantía resarcitoria, fijándola en 10 000 euros, decisión que motivó el recurso de casación del analista y eurodiputado ante el Alto Tribunal. Ahora, la Sala de lo Civil del Supremo ha zanjado el debate determinando que «la falta de la suficiente justificación sobre la necesidad de que la Sala corrija el juicio ponderativo efectuado por la Audiencia determina la inadmisión del recurso».

Con este pronunciamiento, el Supremo respalda el criterio de la Audiencia de Madrid, la cual había concluido que, aun tratándose de un personaje con indudable relevancia pública e inmerso en un contexto de agria crítica política, el mensaje propagandístico difundido por el líder de SALF carecía por completo de una base fáctica suficiente. El tribunal censura que se atribuyera falsamente al demandante una relación de proximidad e incluso de subordinación jerárquica respecto a un letrado vinculado a causas de corrupción y narcotráfico, una identificación que los magistrados tachan de «objetivamente errónea» y carente de rigor periodístico.

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El propio exministro del PSOE ha lamentado públicamente la excesiva dilación de la justicia en la jurisdicción civil, criticando que «han hecho falta seis años para sacar adelante una demanda y obtener esta reparación civil; seis años en los que el bulo ha campado a sus anchas y alcanzado a millones de personas». El mandatario socialista ha contrastado este largo itinerario con lo que denomina la «asombrosa celeridad y urgencia penal» de los procesos criminales que le han afectado directamente en los últimos años. Esta resolución supone el segundo varapalo judicial firme para el activista digital por hechos de idéntica naturaleza: en marzo de 2025, otro juzgado de Madrid ya le condenó a indemnizar con 60 000 euros a Ábalos por difundir en enero de 2021 imágenes de su esfera íntima acompañadas de textos con un marcado «tono despectivo e insultante».