Forcadell insta al TC a desestimar la impugnación de la resolución golpista porque «no es vinculante»

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El presidente catalanista excluyente en funciones, Artur Mas (i), felicitando Carme Forcadell después de ser proclamada presidenta del Parlamento. ANC

Lasvocesdelpueblo y Agencias – El Parlamento autonómico de Cataluña que preside Carme Forcadell Lluís ha hecho llegar este viernes en el Tribunal Constitucional (TC) de la Nación las alegaciones para oponerse a la impugnación del Gobierno de la patria a la resolución golpista del pasado lunes 9 de noviembre 2015 de las candidaturas separatistas catalanas al 27-S, Juntos Por El Sí (JxSí) y Candidatura de Unidad Popular (CUP). Fotografía:  El presidente catalanista excluyente en funcions, Artur Mas (i), felicitando Carme Forcadell después de ser proclamada presidenta del Parlamento. Foto/ACN.

En el documento, los servicios jurídicos controlados por la mayoría separatista catalanista de JxSí y CUP de la cámara catalana defienden que la resolución es una «simple instrucción indicativa para la que se manifiesta más una aspiración o deseo que una disposición vinculante (para el Gobierno)». Por ello, interpretan que no genera «efectos jurídicos», ya que no «obliga» formalmente al Gobierno autonómico de Cataluña a cumplirla, y se circunscribe únicamente al debate político.

Indican, además, que las resoluciones no tienen la fuerza legal para «anular» la aplicación del principio de legalidad y no se puede presuponer que el futuro Ejecutivo catalanista incumplirá la ley aunque una moción del inste a hacerlo. La Constitución Española, recuerdan, no establece límites al debate político y permite defender postulados inconstitucionales.

«Una resolución de la naturaleza de la Resolución 1/XI, de 9 de noviembre 2015, no tiene capacidad de producir ninguna infracción constitucional aunque la voluntad que expresa no se ajuste al marco constitucional, porque no tiene el elemento de juridicidad necesaria para infringirlo», expresan los letrados separatistas excluyentes del Parlamento autonómico de Cataluña en las alegaciones contra la impugnación de la resolución del inicio del proceso de «desconexión de Cataluña» del resto de España, suspendida cautelarmente por el TC desde el pasado 11 de noviembre. 

Los servicios jurídicos reconocen, pues, que el Gobierno no está obligado a cumplir las resoluciones aprobadas en el Parlamento autonómico de Cataluña, por lo que no se puede presuponer que termine incumpliendo la ley aunque se pueda extraer del documento aprobado por el Pleno el pasado 9 de noviembre.

«El riesgo de que estas iniciativas puedan tener conexión con la resolución impugnada nunca puede ser utilizado para judicializar la foto a modo de control preventivo», sentencian los juristas separatistas del Parlamento catalán. La resolución independentista «es un acto parlamentario de naturaleza estrictamente política» y, según el escrito de alegaciones, «expresar una voluntad, aspiración o deseo de la cámara» sólo puede ser sujeto a los mecanismo de control de carácter político, quedando excluido un tribunal como el TC.

La doctrina constitucional más reciente defensa exactamente lo contrario. La sentencia de 2013 contra la declaración de soberanía del Parlamento ya expresaba que «las relaciones parlamentarias de impulso político pueden producir efectos jurídicos, aunque no sean vinculantes».

Una doctrina que el Parlamento de mayoría separatista -en escaños- pide que sea «replanteada» para «preservar el equilibrio de las instituciones de forma que se garantice que el Parlamento puede ejercer las funciones que le atribuye el marco constitucional y estatutario».

La cámara catalana defensa en las alega alegaciones que la resolución se sustenta en los principios básicos de «democracia y pluralismo político» y obtiene su legitimación en el ejercicio del derecho de participación política de los ciudadanos, que el 27-S otorgaron una mayoría absoluta de diputados a las formaciones políticas que defendían el inicio de un proceso de independencia.

«El apoyo ciudadano a estos programas electorales ha dado como resultado la configuración de un Parlamento con mayoría suficiente para iniciar este proceso», se destaca en el texto.

En total, el Parlamento catalán presenta 12 alegaciones basadas en el respeto a las funciones del Parlamento autonómico de Cataluña ya la pluralidad política. Este viernes es, precisamente, el último día para hacerlas llegar al TC, que ahora dispone de 5 meses para dictar sentencia -aunque podría prorrogar el plazo. Si el Alto Tribunal no decide lo contrario, la resolución golpista de JxSí y CUP continuará suspendida cautelarmente hasta que se dicte sentencia.