Declaración de más de 300 juristas contra la amnistía al golpe

"Una pretendida ley de amnistía —sin el trámite de la reforma agravada de la Constitución- iría en contra de la seguridad jurídica (art. 9.3 CE). Una eventual amnistía, si llegara a aprobarse, supondría una negación de la justicia y de la igualdad jurídica. Estos dos valores, junto con la libertad y el pluralismo político, son los valores superiores del ordenamiento jurídico español (art. 1.1 de la CE)"

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 17/10/2023.-El presidente del Gobierno de coalición en funciones de España y secretario general del Partido Socialista, Pedro Sánchez Pérez Castejón, este martes durante su reunión con la comisión de su partido encargada de buscar posibles apoyos a la investidura para analizar la marcha de las negociaciones con los grupos. Efe

Barcelona (España), jueves 2 de noviembre de 2023 (Lasvocesdelpueblo).- La Declaración sobre la amnistía y el Estado de Derecho firmada por más de 300 juristas y registrada en el Congreso de los Diputados y el Senado ha sido enviada desde Citizens pro Europe a las Instituciones Europeas (Parlamento Europeo, Comisión Europea y Consejo de Europa).

Una de los firmantes que es catedrática de Derecho ConstitucionaL Universidad Autónoma de Barcelona, Cátedra Jean Monet ad personan: Académica de la Academia Europea de Doctores, Teresa Freixes Sanjuán, asegura: «Coincidiendo con los argumentos legales de la misma, advertimos de las consecuencias que, para la propia Unión Europea, pueden derivarse de la adopción de tal medida».

LASVOCESDELPUEBLO REPRODUCE EL TEXTO DE LA DECLARACIÓN Y CARTA ENVIADA

«Declaración pública de abogados, profesores universitarios, académicos de jurisprudencia y legislación; y de ciencias morales y políticas; y otros profesionales del derecho ante la posibilidad de una Proposición de Ley Orgánica de amnistía respecto a los delitos cometidos mediante la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña (DUI)

Se han adherido a la Declaración a favor del Estado de Derecho más de 300 juristas de toda España, encabezados por quince grandes juristas españoles:

1. Alonso Ledesma, Carmen

Catedrática Emérita de Derecho Mercantil. Universidad Complutense Ex-Consejera del Banco de España Presidenta de la Sección segunda de la Comisión General de Codificación

2. Aragón Reyes, Manuel

Catedrático Emérito de Derecho Constitucional. Universidad Autónoma de Madrid Ex-Magistrado del Tribunal Constitucional

3. Canosa Usen, Raúl Leopoldo

Catedrático Derecho Constitucional. Universidad Complutense de Madrid. Ex-Miembro del Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa.

4. De Carreras Serra, Francesc

Catedrático Emérito de Derecho Constitucional. Universidad Autónoma de Barcelona Académico Numerario de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas

5. De la Oliva Santos, Andrés

Catedrático Emérito de Derecho Procesal. Universidad Complutense Académico Numerario de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación Miembro no residente de la Academia delle Scienze dell’lstituto di Bologna

6. Fernández-Miranda Campoamor, Alfonso

Catedrático Emérito de Derecho Constitucional. Universidad Complutense

7. Fernández Rodríguez, Tomás-Ramón

Catedrático Emérito de Derecho Administrativo. Universidad Complutense Académico Numerario de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

8. Freixes Sanjuán, Teresa

Catedrática de Derecho ConstitucionaL Universidad Autónoma de Barcelona. Cátedra Jean Monet ad personan: Académica de la Academia Europea de Doctores

9. Iglesias de Ussel, Julio

Catedrático Emérito de Sociología. Universidad Complutense Académico Numerario de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas

10. López Pina, Antonio

Catedrático Emérito de Temía del Estado v Derecho. Constitucional Universidad Complutense. Senador, miembro de las Comisiones Constitucional, de Exteriores y Legislativa durante las Cortes Constituyentes.

11. Montoya Melar, Alfredo

Ex-Magistrado del Tribunal Constitucional Catedrático Emérito de Derecho del Trabajo. Universidad Complutense Académico Numerario de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

12. Pérez de los Cobos Orihuel, Francisco

Ex-Presidente del Tribunal Constitucional Catedrático de Derecho del Trabajo. Universidad Complutense

13.- U. Silva Sánchez, Jesús María

Catedrático de Derecho Penal. Universidad Pompeu Fabra

14. Roca Fernández, María José

Catedrática de Derecho Constitucional. Universidad Complutense Académica correspondiente extranjera de la Academia de Ciencias de Gtittingen (Alemania) 1.5. Sosa Wagner, Francisco Catedrático Emérito de Derecho Administrativo. Universidad de León Académico Numerario de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas

Se adjunta declaración en español y en inglés. Asimismo se acompaña lista con las adhesiones.

DECLARACIÓN EN ESPAÑOL

Un gran filósofo del Derecho alemán, E. Bodenheimer, quien tuvo que vivir tiempos más dramáticos y oscuros que los nuestros, afirmaba que el Derecho era el punto intermedio entre la anarquía y el despotismo, entre la ausencia de reglas y la regla del solo capricho y la veleidad del gobernante.

En el Derecho se dan la mano y se neutralizan los extremos. Se equilibran bajo la idea de mesura y moderación. Lo contrario es el triunfo del vacío bajo cualquiera de las dos formas referidas.

Tanto la ausencia de normas como el capricho exclusivo del gobernante implican no sólo la negación dcl Derecho en toda su extensión, sino también la negación de aquellos valores que el Derecho debe encamar (igualdad ante la ley, seguridad, certeza, previsibilidad, neutralidad) y de los fines que está llamado a desarrollar (paz, tranquilidad, orden, estabilidad, justicia), siempre pensando en un objetivo esencial que es el bien común, no el bien particular de cada miembro de la sociedad, sino un mínimo común necesario de convivencia que atañe a todos.

Atacar las bases del Derecho no implica simplemente la vulneración de esta o aquella norma. Supone chocar abiertamente con la propia esencia de lo jurídico y de lo justo que va de su mano, romper las reglas básicas de convivencia y acercamos como comunidad política a la degradación institucional, a la rendición y a la degeneración, cuando no directamente a la catástrofe.

La presumible amnistía que se presenta rompe las reglas básicas de la convivencia democrática y del juego político. Como es sabido, aquella no aparece expresamente vedada en la Constitución. Sí se prohíbe el indulto general (art. 62 CE).

Sin embargo, parece claro que si éste no se admite, afortioli debe considerarse prohibida la amnistía, ya que ésta no sólo perdona la pena, sino que tiene un alcance mucho mayor se considera que no es delito la conducta por la que el reo fue condenado y extiende sus efectos a los sujetos que no han sido juzgados, impidiendo la posibilidad de que lleguen a serlo.

Tanto de la jurisprudencia del Tribunal Supremo (Sentencia del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 20-11-2013), como del Tribunal Constitucional (STC 63/1983 y STC 147/1986), se puede concluir una posición contraria a una nueva ley de amnistía como la promulgada en 1977.

La naturaleza propia de la Constitución y su posición en la cúspide del ordenamiento jurídico tiene como consecuencia limitar jurídicamente el poder del legislador. Toda Constitución le confiere un margen de maniobra, pero este ámbito de discrecionalidad no permite que -a través del ejercicio del poder legislativo- se lleven a cabo mutaciones constitucionales o se abran procesos constituyentes, eludiendo la vía de la reforma constitucional prevista en el propio texto (arts. 166 y ss. CE).

Una amnistía política del alcance que se plantea en el debate actual requeriría, necesariamente, ser tramitada como una reforma agravada de la Constitución y, por tanto, incluiría un referéndum en el que el pueblo español en su totalidad se pronunciara.

Una pretendida ley de amnistía —sin el trámite de la reforma agravada de la Constitución- iría en contra de la seguridad jurídica (art. 9.3 CE). Una eventual amnistía, si llegara a aprobarse, supondría una negación de la justicia y de la igualdad jurídica. Estos dos valores, junto con la libertad y el pluralismo político, son los valores superiores del ordenamiento jurídico español (art. 1.1 de la CE).

La aprobación de una ley de amnistía por el poder legislativo desnaturalizaría la labor previa de los juzgados y tribunales, herramientas principales del poder judicial, eliminando el contrapeso que constituye el ejercicio independiente de la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (art. 117.3 de la CE), pieza medular de cualquier Estado de Derecho que se precie de serlo.

La hipotética amnistía sería contraria también a uno de los pilares esenciales de la Unión Europea (el Estado de Derecho: art. 2 del Tratado de la Unión Europea), como ya advirtió en 2019 cl Presidente de la Comisión al Presidente de Rumania, ante una pretensión similar a la que ahora se plantea en España, y mostraría un Estado debilitado, casi fallido, y sin recursos defensivos para atacar esas intentonas golpistas, puesto que renuncia de antemano a cualquier acción persecutoria contra sus enemigos.

Asimismo, se produce la violación de una necesaria neutralidad estatal: el Estado decide tomar parte por una de las facciones implicadas en un supuesto conflicto, creado por esa misma facción, y dar la espalda a la sanior pan (que diría Marsilio de Padua, antecesor de muchas ideas que hoy postula la democracia), a esa parte más sana y mejor de la sociedad española que fue la que estuvo sosteniendo el orden constitucional en los aciagos días de octubre de 2017.

La aprobación de una ley de amnistía sin que se den los presupuestos materiales (proceso de transición de una dictadura a un régimen democrático, o superación de una guerra civil), equivale dejado a la falta de respeto a la separación de poderes y a los derechos fundamentales, y conlleva la negación en su conjunto de la Constitución vigente, esto es, su derogación.

Y así lo establece el artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789): «Una Sociedad en la que no esté establecida la garantía de los Derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución».

Ningún problema político puede estar al margen del Derecho ni resolverse contraviniendo sus valores y principios.

Por todo lo dicho, exigimos a los poderes de Estado que se sometan a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. Es el momento de abandonar el capricho y la veleidad del gobernante para apostar, de modo definitivo, por la Constitución y el Estado de Derecho.

Firmado por profesionales del Derecho que se adhieren según el orden alfabético de la lista adjunta.

Madrid, 27 de septiembre de 2023

DECLARACIÓN EN INGLÉS

PUBLIC DECLARATION BY LAWYERS, UNIVERSITY PROFESSORS, ACADEMICS OF JURISPRUDENCE AND LEGISLATION, AND OF MORAL AND POLITICAL SCIENCES, AND OTHER LEGAL PROFESSIONALS, IN VIEW OF THE POSSIBILITY OF A PROPOSED ORGANIC LAW ON AMNESTY FOR CRIMES COMMITTED THROUGH THE UNILATERAL DECLARATION OF INDEPENDENCE OF CATALONIA

A great German legal philosopher, E. Bodenheimer, who had to live through more dramatic and darker times than ours, stated that law was the middle ground between anarchy and despotism, between the absence of rules and the rule of the ruler’s whim and caprice.

In law, the extremes go hand in hand and are neutralised. They are balanced under the idea of moderation and moderation. The opposite is the triumph of emptiness in either form.

Both the absence of rules and the exclusive whim of the ruler imply not only the negation of Law in its full extent, but also the negation of those values that Law should embody (equality before the law, security, certainty, predictability, neutrality) and of the ends that it is called to develop (peace, tranquillity, order, stability, justice), always thinking of an essential objective which is the common good not the particular good of each member of society, but a necessary common minimum of coexistence that concerns everyone.

Attacking the foundations of the law does not simply imply the violation of this or that rule. It means openly clashing with the very essence of what is legal and just, breaking the basic rules of coexistence and bringing us as a political community closer to institutional degradation, surrender and degeneration, if not outright catastrophe.

The presumed amnesty that is being presented breaks the basic rules of democratic coexistence and the political game.As is well known, amnesty is not expressly forbidden in the Constitution.lt does prohibit general pardons (art. 62 EC).

However, it seems clear that if this is not admitted, amnesty must a fortiori be considered prohibited, as it not only pardons the sentence, but also has a much wider scope: the conduct for which the defendant was convicted is considered not to be a crime and extends its effects to those who have not been tried, preventing the possibility of them being tried.

Both the jurisprudence of the Supreme Court (Judgment of the Plenary of the Contentious-Administrative Chamber, 20-11-2013), and the Constitutional Court (STC 63/1983 and STC 147/1986), lead to the conclusion that a position against a new amnesty law such as the one enacted in 1977 can be concluded.

The very nature of the Constitution and its position at the pinnacle of the legal system has the consequence of legally limiting the power of the legislator. Every Constitution confers a margin of manoeuvre, but this sphere of discretion does not allow -through the exercise of legislative power- constitutional mutations to be carried out or constituent processes to be opened up, avoiding the route of constitutional reform envisaged in the text itself (arts. 166 et seq. CE).

A political amnesty of the scope proposed in the current debate would necessarily have to be processed as an aggravated reform of the Constitution and, therefore, would include a referendum in which the Spanish people as a whole could express their opinion.

A supposed amnesty law – without the procedure of the aggravated reform of the Constitution – would go against legal certainty (an. 9.3 CE) A possible amnesty, if it were to be approved, would be a denial of justice and legal equality. These two values, together with freedom and political pluralism, are the highest values of the Spanish legal system (An. 1.1 of the EC).

The approval of an amnesty law by the legislature would distort the prior work of the courts and tribunals, the main tools of judicial power, eliminating the counterweight that constitutes the independent exercise of the function of judging and enforcing what has been judged (art. 117.3 of the EC), the cornerstone of any rule of law that prides itself on being a state governed by law.

The hypothetical amnesty would also be contrary to one of the essential pillars of the European Union (the rule of law: an. 2 of the Treaty on European Union), as the President of the Commission warned the President of Romania in 2019, in the face of a similar claim to the one now being put forward in Spain, and would show a weakened, almost failed State, and without defensive resources to attack these coup attempts, since it renounces in advance any persecutory action against its enemies.

It also violates a necessary state neutrality: the state decides to take sides with one of the factions involved in a supposed conflict, created by that same faction, and to turn its back on the sanior pars (as Marsilius of Padua, the predecessor of many ideas that democracy postulates today, would say), on that healthier and better part of Spanish society that was supporting the constitutional order in the fateful days of October 2017.

The approval of an amnesty law without the material prerequisites being met (transition process from a dictatorship to a democratic regime, or the end of a civil war), is tantamount to a de facto lack of respect for the separation of powers and fundamental rights, and entails the negation of the current Constitution as a whole, that is, its abrogation.

This is established in Article 16 of the Declaration of the Rights of Man and of the Citizen (1789): «A Society in which the guarantee of Rights is not established, nor the separation of powers determined, has no Constitution». No political problem can be outside the Law, nor can it be solved in contravention of its values and principles.

For all these reasons, we demand that the powers of the State submit to the Constitution and the rest of the legal system. It is time to abandon the whim and caprice of the ruler in favour of the Constitution and the rule of law.

Signed by legal professionals who adhere to the alphabetical order of the attached list.

Madrid, 27 September 2023

Citizens Pro Europe (CPE)».

PDF DECLARACIÓN QUE INCLUYE LOS NOMBRE DE LOS 328 FIRMANTES

TEXTO ÍNTEGRO DE LA CARTA EN ESPAÑOL

Estimado presidente

En nombre de Ciudadanos Pro Europa, les envío una declaración en contra de la amnistía para los políticos independentistas condenados por delitos de sedición y malversación en el más grave atentado contra el sistema constitucional español desde 1981.

Tal amnistía está empezando a ser negociada por el actual gobierno de España con los partidos políticos independentistas minoritarios, a cambio de sus votos en el Congreso español para renovar el actual gobierno.

Ciudadanos Pro Europa está muy preocupada por el reciente deterioro del Estado de Derecho y la separación de poderes en España. Nos adherimos a la mencionada declaración suscrita por más de 300 expertos en el campo del derecho, entre ellos 12 destacados catedráticos de derecho. Esta declaración ha sido registrada en el Congreso de España (documento 0000755) y en el Senado (documento 3.182).

Coincidimos con la valoración jurídica de la declaración: «La aprobación de una ley de amnistía por el Poder Legislativo distorsionaría la labor anterior de los tribunales (principales instrumentos del Poder Judicial), eliminando el contrapeso que constituye el ejercicio independiente de la función de juzgar y ejecutar lo que se juzga (art. 117.3 CE)», pilar fundamental del Estado de Derecho en cualquier democracia. «Una posible amnistía, si se aprobara, significaría una denegación de justicia e igualdad jurídica.

Estos dos valores, junto con la libertad y el pluralismo político, son los valores supremos del ordenamiento jurídico español (art. 1.1 CE). Una supuesta ley de amnistía -sin la tramitación de la reforma agravada de la Constitución- iría en contra de la seguridad jurídica (art. 9.3 CE)».

Además, una amnistía sería también «contraria a uno de los pilares esenciales de la Unión Europea (el Estado de Derecho: artículo 2 del Tratado de la Unión Europea), como ya advirtió el presidente de la Comisión Europea al presidente de Rumanía en 2019″, ante una demanda similar a la que se está planteando actualmente en España.

El constituyente español descartó la posibilidad de conceder amnistías en España, votando en contra de varias enmiendas al texto constitucional que pretendían incluirlo en la Constitución española.

Conscientes de ello, el Gobierno actual y sus miembros, incluido su Presidente, subrayaron en varias ocasiones durante el último mandato el carácter inconstitucional de esa amnistía. Ahora, han cambiado de posición, para mantenerse en el poder necesitan los votos en el Congreso de los partidos cuyos líderes se beneficiarían de una amnistía.

Por lo tanto, no se trata sólo de un debate sobre el contenido exacto de una ley de amnistía, sino sobre la intención de los gobernantes de doblar el marco constitucional de España para conservar el gobierno.

Las instituciones europeas no deben esperar a que se presente y apruebe una ley de amnistía para expresar su firme posición contra este grave atentado contra el Estado de Derecho y la separación de poderes, que actualmente se está negociando a oscuras salas.

Los medios de comunicación han señalado que la intención de los promotores de la ley de amnistía (partidos gubernamentales e independentistas) es presentar dicha propuesta a través de los grupos políticos del Congreso.

Con ello se pretende eludir la evaluación previa obligatoria por el Consejo de Estado de las propuestas legislativas del Gobierno y someter el proyecto de ley a votación inmediatamente después de su presentación, a fin de evitar que las instituciones europeas expresen sus opiniones antes de su votación y aprobación. Si así fuera, los efectos de esa ley serían irreversibles.

Por ello, le pedimos que envíe un mensaje claro a los ciudadanos españoles y europeos desde su posición sobre el gran daño que una amnistía de este tipo causaría al Estado de Derecho y a la separación de poderes en España.

Atentamente,

Prof. Dra. Teresa Freixes Sanjuán

Presidente

Profesor de Derecho Constitucional

Jean Monnet

Presidente ad personam

Se adjunta: Declaración pública de abogados, profesores universitarios, académicos de jurisprudencia y legislación; y de ciencias morales y políticas; y otros profesionales del derecho ante la posibilidad de una Proposición de Ley Orgánica de amnistía respecto a los delitos cometidos mediante la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña (DUI)».

TEXTO ÍNTEGRO DE LA CARTA EN INGLÉS

Dear President,

On behalf of Citizens Pro Europe, I am sending you a declaration against the amnesty for the independentism politicians condemned for sedition and embezzlement offences in the gravest attack to the Spanish constitutional system since 1981.

Such an amnesty is begin negotiated by the incumbent government of Spain with minority independentist political parties, in exchange for their votes in the Spanish Congress to renew the current government.

Citizens Pro Europe is extremely worried about the recent deterioration of the rule of law and separation of powers in Spain. We adhere to the above-mentioned declaration subscribed by more than 300 experts in the field of law, including twelve prominent law professors. This declaration has been registered in the Spanish Congress (entrada 0000755) and the Senate (entrada 3.182).

We coincide with the legal assessment of the declaration: «The approval of an amnesty law by the legislative branch would distort the previous work of the courts and tribunals (the main tools of the judicial power), eliminating the counterweight that constitutes the independent exercise of the function of judging and enforcing what is judged (art. 117.3 of the EC)», a core pillar of the rule of law in any democracy. «A possible amnesty, if approved, would mean a denial of justice and legal equality.

These two values, along with freedom and political pluralism, are the highest values of the Spanish legal system (art. 1.1 of the EC). An alleged amnesty law – without the processing of the aggravated reform of the Constitution – would go against legal certainty (art. 9.3 CE)».

In addition, an amnesty would also be «contrary to one of the essential pillars of the European Union (the rule of law: art. 2 of the Treaty on European Union), as the President of the European Commission already warned the President of Romania in 2019″, before a claim similar to the one now being raised in Spain.

The Spanish constituent ruled out the possibility of granting amnesties in Spain, voting against several amendments to the constitutional text that sought to include it in the Spanish Constitution.

Aware of this, the incumbent government and its members, including its President, underlined in several occasions during the last mandate the unconstitutional nature of such an amnesty. Now, they have changed position, as to remain in power they need the votes in Congress of the parties whose leaders would benefit from an amnesty.

Therefore, this is not only a debate on the exact content of an amnesty law, but on the intention of those in power to bend the constitutional framework of Spain in order to retain the government.

The European institutions should not wait for an amnesty law to be tabled and adopted in order to express their strong position against this grave attack to the rule of law and separations of powers, which is currently being negotiated in dark rooms.

Media reports have indicated that the intention of the promoters of the amnesty law (government and independentist parties) is to table such a proposal through the political groups in Congress.

This, in order to circumvent the mandatory prior assessment of the State Council for legislative proposals by the Government, and subject the proposed law to an immediate vote after it is tabled, to prevent the European Institutions from expressing their views before it is voted and adopted. If this was the case, the effects of such law would be irreversible.

For this reason, we ask you to send a clear message to Spanish and European citizens from the position you hold on the great damage such an amnesty would cause to the rule of law and separation of powers in Spain.

Yours sincerely,

Prof. Dr Teresa Freixes Sanjuán

President

Professor of Constitutional Law

Jean Monnet

Chair ad personam

Attached: Declaración pública de abogados, profesores universitarios, académicos de jurisprudencia y legislación; y de ciencias morales y políticas; y otros profesionales del derecho ante la posibilidad de una Proposición de Ley Orgánica de amnistía respecto a los delitos cometidos mediante la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña (DUI)».