VOX presenta ante el Supremo alegaciones contra el indulto a los golpistas del Procés

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 14.10.2019. El Tribunal Supremo ha condenado por la causa del procés a Oriol Junqueras a 13 años de prisión y 13 de inhabilitación absoluta; y a Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa a las penas de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta, en los cuatro casos por delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía. Asimismo, condena por el delito de sedición a Carme Forcadell a las penas de 11 años y 6 meses de prisión e igual tiempo de inhabilitación absoluta; a Joaquim Forn y Josep Rull a las penas de 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta; y a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart a las penas de 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta. En cuanto a Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó, son condenados cada uno de ellos como autores de un delito de desobediencia a las penas de 10 meses de multa, con una cuota diaria de 200 euros, y un 1 año y 8 meses de inhabilitación especial. La sentencia absuelve a los acusados Joaquim Forn, Josep Rull, Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó del delito de malversación. Captura pantalla de imágenes vídeo de rtve. Ñ Pueblo Lasvocesdelpueblo

Redacción – VOX ha presentado un escrito de alegación ante el Tribunal Supremo en el que muestra su «rotunda oposición» a los indultos de los condenados por el golpe de Estado en Cataluña en 2017. Madrid (España), martes 12 de enero de 2021.

El equipo Jurídico de VOX, que dirige Marta Castro, y que representó a la formación durante conocido como Procés, alega ahora que los indultos a los condenados supondrían que el Gobierno envía un mensaje a la sociedad: «La más absoluta impunidad de los delitos cometidos contra el orden constitucional».

Castro deja patente en su escrito que las condiciones establecidas por ley para conceder la impunidad no se cumplen. Y advierte: «No se debe consentir que el Gobierno, por intereses partidistas, electoralistas o ideológicos pretenda utilizar este medio para blanquear una actuación delictiva que de ninguna forma puede ser interpretada como un posicionamiento político, sino como una vulneración de la legalidad».

Así, VOX recuerda, que «en ningún momento, los condenados manifestaron o trataron de impedir las consecuencias lesivas de sus acciones».

En cuanto al criterio de equidad, «no concurre presupuesto de desproporcionalidad de la pena», por el contrario, «el sistema penológico aplicado resulta más favorable a los penados atendiendo a la concurrencia medial de delitos, de la que resultaron beneficiados». Y recuerda que no han sido restituidos los caudales públicos, malversados con su actuación.

Arbitrariedad y abuso de poder

Por otro lado, Castro explica que ninguno de los condenados «manifestó, antes, durante o posteriormente, ni siquiera de forma indirecta la aceptación y reconocimiento de culpabilidad».

Por el contrario, «siempre que han tenido ocasión, manifestaron su voluntad de repetir los actos si tuvieran ocasión».

También destaca VOX al Tribunal Supremo que los condenados «corrompieron las funciones que los propios ciudadanos les habían encomendado, abusando de las mismas para sus fines ilícitos».

Por último, recuerda Castro, «cuando la motivación de la aplicación de la medida descansa en razones de conveniencia política y no en motivos particulares de carácter excepcional que lo justifiquen, se incurre en arbitrariedad y abuso de poder, que en todo caso, se encuentra vedado por nuestro ordenamiento jurídico, artículo 9, 10 y 103 CE, así como por los principios inspiradores de nuestro derecho y de interpretación del texto legal del indulto».