La Acusación Popular (VOX) logra que procesen a Roger Torrent Ramió y sus compinches separatistas por desobediencia

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FOTOGRAFÍA. PARLAMENTO DE CATALUÑA 8BARCELONA), 12.11.2019. El presidente del Parlament de Cataluña, Roger Torrent, preside la sesión plenaria de la cámara catalana que este martes. Efe

Redacción.- Barcelona (España), jueves 11 de noviembre de 2021. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha concluido la investigación contra la separatista alcaldesa de San Vicente de Castellet (Comarca del Bages) Barcelona y exsecretaria cuarta de la Mesa del Parlamento de Cataluña por la formación de ultraizquierda separatista ERC, Adriana Delgado Herreros; junto a otros dos exmiembros de la Mesa de la cámara catalana y el consejero actual de Empresa y Trabajo del Gobierno separatista de coalición de ERC y la derecha separatista JxCat quien era hasta los inicios de este año 2021 presidente del Parlamento de Cataluña por ERC, Roger Torrent Ramió, por haber desobedecido la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), tramitando y permitiendo que la mayoría separatista del Parlamento de Cataluña, a través de resoluciones sobre la resolución secesionista de autodeterminación de Cataluña y sobre el reconocimiento de la Jefatura del Estado (Monarquía Parlamentaria democrática española) de su majestad el rey Felipe VI y el resto de la Familia Real española el pasado noviembre del 2019, se burle de la Justicia española, de España y, en particular, de los catalanes. Concretamente, por delitos de desobediencia, tal y como recoge el artículo 410 del Código Penal.

Este proceso lo inició VOX, que es Acusación Popular, gracias a un escrito de la Secretaría Jurídica de esta formación, que dirige Marta Castro Fuentes, junto a un gran equipo de abogados del partido presidido por Santiago Abascal Conde, entre ellos el vecino de Cataluña, Juan Cremadas.

De acuerdo con el auto, el conjunto de indicios obtenidos durante la fase de instrucción, «permiten afirmar que existe una apariencia razonable y suficiente de que los investigados y la investigada pudieran haber cometido uno o varios delitos de desobediencia grave».

La pena a la que se enfrentan los procesados, de acuerdo con el art. 410 del Código Penal, es de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años a las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior.

Recuerda el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el «grave incidente» que tuvo lugar el mes pasado a consecuencia de la negativa de Costa de acudir voluntariamente ante el Tribunal, obligando a su detención.

No obstante, el investigado, se volvió a negar a prestar declaración una vez informado de los hechos por los que era investigado y de sus derechos constitucionales.